¿Cuál es el procedimiento si me dejan de pagar el alquiler?

¡Bienvenido! Si estás buscando información sobre el procedimiento del seguro de impago de alquiler, has llegado al lugar adecuado.El seguro de impago de alquiler es una herramienta invaluable para garantizar la seguridad financiera de los propietarios de viviendas o locales comerciales. Te explicaremos paso a paso cómo se lleva a cabo el proceso y cómo puedes beneficiarte de esta cobertura que ofrece tranquilidad y protección ante posibles impagos.Descubre cómo este seguro te resguarda ante situaciones imprevistas y cómo puedes asegurar tus ingresos de alquiler con la máxima confianza. Sigue leyendo para conocer todos los detalles y ventajas de contar con un seguro de impago de alquiler.
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Te explicamos el procedimiento en los seguros de impago si te dejan de pagar el alquiler

¿Y si me dejan de pagar el alquiler? Es importante conocer los pasos a seguir en caso de siniestro o impago por parte del inquilino, por eso, en este artículo, te guiaremos a través de los diferentes pasos a seguir para que conozcas el procedimiento en los seguros de impago de alquiler. ¡Prepárate para descubrir paso a paso cómo funcionan estos procesos!

El procedimiento normal de siniestros en seguros de alquiler se desarrolla de la siguiente manera: primero, los seguros de alquiler se pagan anticipadamente. Si el inquilino impaga el mes de septiembre, ya puedes cursar el parte correspondiente. Sin embargo, ten en cuenta que en septiembre se presenta demanda, ya que agosto es un mes inhábil.

A partir de ahí, comienza la gestión por parte de la aseguradora. Tienes un plazo de 45 días para dar parte a la compañía aseguradora, quien te solicitará el teléfono y correo del inquilino. En el mes de octubre, la compañía realizará una gestión amistosa con el inquilino, poniéndose en contacto también con el propietario. Durante esta comunicación, se discutirán los detalles y comentarios del inquilino, así como la cuestión de si paga o no paga.

A mediados o principios de diciembre, la compañía tomará una decisión crucial: si interpone o no interpone una demanda. En caso de que se decida interponer la demanda, se trasladará al abogado encargado del caso. A partir de ese momento, el propietario podrá solicitar el pago de las rentas pendientes desde el segundo mes (es decir, septiembre, octubre y noviembre).

Es importante tener en cuenta que si tienes una franquicia de un mes, esto significa que septiembre no se pagará debido a dicha franquicia por un mes.

El procedimiento de siniestros en seguros de alquiler puede parecer complicado, pero siguiendo los pasos adecuados y contando con el respaldo de una aseguradora de nivel, como las que puedes encontrar en Correduría de Seguros Cascudopodrás enfrentarlo de manera más tranquila. Recuerda que en casos de impagos o siniestros, es esencial actuar con prontitud y seguir el proceso establecido. ¡No te preocupes, deja atrás la pregunta de «¿y si me dejan de pagar el alquiler?», estamos aquí para guiarte en cada paso del camino!

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